Actualización del valor del «JUS» – Diciembre 2025

El Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz, mediante Resolución de fecha 18 de diciembre de 2025 (Tomo CCXXXVIII, Registro 39, Folio 69) dictada en el marco del Acuerdo Ordinario N° 3.726 del 03-12-2025, y dada a conocer en el día de la fecha, actualizó el valor de la unidad arancelaria «Jus» conforme lo dispuesto por el art. 19° de la Ley N° 3.950.

Nuevo valor vigente: $92.038,00 (pesos noventa y dos mil treinta y ocho con 00/100)

El valor anterior, fijado el 27 de noviembre de 2024 (Resolución T° CCXXXVI, R° 108, F° 191), era de $74.878,00.

La unidad «Jus» equivale al 1% de la remuneración total del cargo de Juez Letrado de Primera Instancia de la Provincia de Santa Cruz, incluyendo bonificación por antigüedad a cuatro (4) años (art. 50, Ley 1, T.O. Ley 1600), y constituye la unidad de medida para el cálculo de honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.


Transcripción del contenido

TOMO: CCXXXVIII | REGISTRO: 39 | FOLIO: 69 Río Gallegos, 18 de diciembre de 2025.

Y VISTO:

La Nota N° 60/AGPJSC/2025, de fecha 25-11-2025, elevada por el Administrador General del Poder Judicial – CPN Fernando Javier ORTIZ DE ZARATE y Directora General de Administración – CPN Silvia RODRIGUEZ; y,

CONSIDERANDO:

Que, a los efectos de cumplimentar con lo establecido en el art. 19° de la Ley N° 3.950 (deroga la ley N° 3.330) el cual, en parte pertinente, dispone que: «INSTITÚYESE con la denominación «Jus» la unidad de medida arancelaria para los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia, la que equivaldrá al uno por ciento (1%) de la remuneración total asignada al cargo de Juez Letrado de Primera Instancia de la provincia de Santa Cruz, entendiéndose por tal la suma de todos aquellos rubros, sea cual fuere su denominación, incluida la bonificación por antigüedad por el tiempo exigido por el Artículo 50 de la Ley 1, Texto según Ley 1600 cuatro (4) años, cuya determinación no dependa de la situación particular del Magistrado.-….-«

Además, el Tribunal Superior de Justicia deberá fijar con periodicidad mensual el valor de la unidad «Jus»; al respecto la última actualización data del 27 de noviembre de 2024, conforme Resolución asentada al T° CCXXXVI, R° 108, F° 191, estableciéndose la misma en pesos setenta y cuatro mil ochocientos setenta y ocho con 00/100 ($74.878,00).

Que, Dirección de Administración del Poder Judicial informa el valor «Jus» al día de la fecha, a los fines de su aprobación, es de pesos noventa y dos mil treinta y ocho con 00/100 ($92.038,00).

Que, por todo lo expuesto, la intervención del responsable del Área Contable, y lo dispuesto por los miembros del Alto Cuerpo en oportunidad de celebrarse el Acuerdo Ordinario N° 3.726 (03-12-2025), y en uso de la facultades conferidas en la Ley Orgánica de la Justicia de la Provincia de Santa Cruz y la Constitución Provincial, corresponde actualizar el valor de la unidad «Jus» y establecerlo en PESOS NOVENTA Y DOS MIL TREINTA Y OCHO CON 00/100 ($92.038,00).

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el proveido de fs. 3 por la Presidenta de este Excmo. Tribunal, en virtud de lo establecido por la Resolucion del
Excmo. Tribunal Superior de Justicia registrada al T° CCXXXVIII, R° 2, F° 3/4 (del 14/10/2025), a fin de no comprometer el interes publico frente a la demora de la tramitacion de las presentes, los Vocales firmantes Presidenta Dra. Renee Guadalupe FERNANDEZ, Dra. Alicia de los Angeles MERCAL, Dra. Paula Emestina LUDUENA CAMPOS y Dr. Fernando Miguel BASANTA, proceden por mayoria (cfr. articulo 27 de la Ley Organica de la Justicia de la Provincia de Santa Cruz según T.O. Ley 1.600 y modificatorias) a dictar la presente resolución.

Por ello y atento lo dispuesto por el art. 133° de la Constitución de la Provincia de Santa Cruz y por el arto 33° inciso n) de la Ley Orgánica de la Justicia de la Provincia de Santa Cruz, el EXCMO. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA;

RESUELVE:

1°) ACTUALIZAR a partir de la fecha de la presente Resolución, el valor de la unidad «Jus» -unidad de honorarios Profesional de Abogados o Procuradores- y ESTABLECERLO EN PESOS NOVENTA Y DOS MIL TREINTA Y OCHO CON 00/100 ($92.038,00).

2°) DISPONER de conformidad a lo dispuesto en el art 19° de la Ley N° 3.950, la efectiva publicación de lo establecido en el inciso resolutivo que antecede, a tal fin exhíbase en las tablillas de mesa de entrada de las sedes judiciales pertinentes y en la página web de éste Poder Judicial.

3°) DEJAR CONSTANCIA que NO FIRMA el Señor Vocal Dr. Daniel Mauricio MARIANI por los fundamentos expuesto en el considerando de la presente.

4°) Regístrese.- Comuníquese.- Tome nota Dirección General de Gestión Administrativa y RR.HH., Dirección de Informática y pase a Dirección General de Administración del Poder Judicial.

Firman: Alicia de los Ángeles Mercau (Vocal) | Fernando Miguel Basanta (Vocal) | Renée Guadalupe Fernández (Presidenta) | Paula E. Ludueña Campos (Vocal) | César Matías Neil (Secretario de Superintendencia y Jurisprudencia)