COMUNICADO
La Justicia Federal hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Colegio Público de la Abogacía de Santa Cruz y suspendió los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 para todo profesional de la abogacía en ejercicio de la profesión en la Provincia de Santa Cruz.
El Colegio Público de la Abogacía de Santa Cruz informa a la matrícula que el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 hizo lugar a la medida cautelar que pidió esta institución. Lo hizo en la causa “Colegio Público de la Abogacía de Santa Cruz c/ Estado Nacional s/ amparo Ley 16.986” (Expte. 4826/2026), que es la acción de amparo colectiva que promovimos contra las modificaciones de la Ley 27.802 a los artículos 20 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Por resolución del 4 de noviembre de 2026, notificada el 6/11, el Juzgado dispuso:
- Suspender el artículo 10 de la Ley 27.802. En consecuencia, sigue vigente el artículo 20 de la Ley 20.744 con su redacción anterior a la reforma.
- Suspender el artículo 56 de la Ley 27.802. En su lugar se aplica el artículo 277 de la Ley 20.744 (t.o. Decreto 390/76).
- Plazo: la medida rige por tres meses (art. 5° de la Ley 26.854) o hasta que se dicte la sentencia, lo que ocurra primero..
La actuación del Colegio – El Colegio llevó a la Justicia Federal la defensa del ejercicio profesional de la abogacía santacruceña. En la demanda sostuvimos que el nuevo régimen:
- afecta el libre ejercicio profesional;
- altera el derecho de propiedad sobre créditos de naturaleza alimentaria, como el honorario;
- impone restricciones irrazonables al acceso a la jurisdicción laboral;
- lesiona el principio protectorio;
- incide directamente sobre el régimen local de honorarios y sobre el funcionamiento de la justicia provincial.
El Estado Nacional se opuso. Planteó la extemporaneidad de la acción, la inexistencia de caso, la falta de legitimación del Colegio y la improcedencia de la vía colectiva. El Juzgado rechazó tales argumentos e hizo lugar al planteo del Colegio.
El Colegio es la herramienta institucional de la matrícula para defender el honorario profesional, el ejercicio de la abogacía y el acceso a la justicia de los trabajadores y trabajadoras de nuestra provincia.
El Colegio seguirá impulsando el proceso hasta obtener la sentencia definitiva y mantendrá informada a la matrícula.
